Nuevas medidas de agilización y abaratamiento en la constitución de sociedades mercantiles
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Derecho Societario: Novedades Legislativas: Estandarización de la escritura pública de constitución de sociedades de responsabilidad limitada y aprobación de modelo de estatutos-tipo; regulación de la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva.
- Ley aprobada y entrada en vigor:
Real-Decreto 421/2015, de 29 de mayo, por el que se regulan los modelos de estatutos-tipo y de escritura pública estandarizados de las sociedades de responsabilidad limitada, se aprueba modelo de estatutos-tipo, se regula la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva. (“Consultar Texto Íntegro de la Ley”)-LINK AL PDF DE LA LEY).
Entra en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE (13/09/2015).
- Objetivo de este Real-Decreto
Este Real Decreto aprueba unos Estatutos-Tipo estandarizados para la constitución de sociedades limitadas con un capital social no inferior a 3.000 euros y para las sociedades limitadas de formación sucesiva. En la propia Ley se adjuntan como Anexos I y II el contenido y formato de dichos Estatutos-Tipo.
Todo ello con la finalidad de cumplir con los objetivos de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, esto es, agilizar la creación de empresas acortando los plazos previstos hasta ahora.
- Otros aspectos regulados por el Real-Decreto
*Confección de los Estatutos-Tipo
La redacción de los Estatutos-Tipo se efectuará en la plataforma telemática del centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) mediante la cumplimentación de los campos correspondientes. El objeto social se identificará en los Estatutos-Tipo mediante la selección de alguna o algunas de las actividades económicas y de sus códigos habilitados por Orden del Ministerio de Justicia.
*La escritura pública estandarizada
El modelo de escritura pública estandarizado será aprobado por Orden del Ministerio de Justicia y se utilizará para la constitución de sociedades limitadas con y sin estatutos-tipo. Los campos rellenables de dicho modelo serán cumplimentados por el notario de acuerdo a unas instrucciones, de forma que la información pueda ser electrónicamente tratable.
*La Agenda Electrónica Notarial
Contendrá el calendario de disponibilidad de los notarios para la firma de escritura de constitución de sociedades. Por ello, deberá permitir la reserva de cita con el notario para el otorgamiento de la escritura pública y pondrá a disposición del solicitante un justificante de la concesión de dicha cita.
*Bolsa de denominaciones sociales con reserva
El Registro Mercantil Central generará una bolsa de 1.500 denominaciones como mínimo, que podrá ser consultada electrónicamente de forma gratuita y expedirá certificación electrónica negativa de cada una, con Código Seguro de Verificación. Previa solicitud y satisfecha la tasa correspondiente, el interesado podrá seleccionar la denominación que desee y descargarse la citada certificación electrónica. Este trámite también podrá realizarse en los Puntos de Atención al Emprendedor.