Bonos Banco Popular
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Primero fueron las participaciones preferentes y la deuda subordinada. Después las cláusulas suelo y las hipotecas multidivisa (temas estos sobre los que aún se ha de escribir mucho). Y ahora le ha tocado a los Bonos de Banco Popular. Un producto que comercializó dicha entidad mientras las otras optaban por las participaciones preferentes.
Visto el problema ocasionado (la pérdida del capital invertido), Banco Popular propuso el canje a otros bonos que vencieran en noviembre de 2015. Esa fecha ha llegado, pero la solución no. La entidad no ha generado suficiente beneficio como para cubrir las pérdidas de aquellos que invirtieron en ella.
Se abre en este momento una vía para reclamar aquél capital invertido y perdido. Una vez más, la ley está de parte del consumidor, habida cuenta que la comercialización de estos bonos se hizo sin las garantías adecuadas para el inversor. Básicamente por la falta de información real y necesaria, y la ausencia de suscripción del denominado test MiFID (un test que no sólo permite acreditar la información suministrada, sino que además garantiza que el interesado ha entendido realmente el alcance del producto a adquirir).
Una vez más, desde AEQUO ADVOCATS, y a la vista de los éxitos tenidos en los productos anteriores, recomendamos el inicio de las acciones legales lo antes posible, a fin de evitar una posible prescripción que pudiera generar la pérdida de oportunidad de recuperar lo que realmente les corresponde.