FRAUDE FISCAL

16/09/2015
  • Aprobación de la Ley que regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal.

  • En fecha 11 de septiembre de 2015, se ha publicado en el BOE, la LO 10/2015, por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal, cuya entrada en vigor está prevista a las dos meses de su publicación. 

    Esencialmente, con dicha normativa, que añade un nuevo artículo 235 ter en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se busca un mayor cumplimiento de las obligaciones tributarias, dando un paso más en la lucha contra el fraude fiscal, al permitirse que los fallos judiciales de las sentencias condenatorias por fraude fiscal, puedan publicarse en el BOE -publicidad que permitirá la identificación del proceso, del condenado y del responsable civil, el delito por el que lo haya sido, así como la pena y la cuantía de la responsabilidad civil impuesta-.

    Todo y que nueva legislación afectará a procesos penales ya en curso pero sin sentencia firme, es importante destacar que la misma, no podrá aplicarse en el caso de que el condenado o, en su caso, el responsable civil, hubiera satisfecho o consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones del órgano judicial competente la totalidad de la cuantía correspondiente al perjuicio causado a la Hacienda Pública por todos los conceptos, extremo que se interpreta como un guiño a lo realmente buscado con esta nueva normativa, que no es otra cosa que el resarcimiento a la Hacienda Pública. 

    Dicha reforma, no obstante, plantea una serie de dudas, puesto que además de su problemático encaje constitucional en relación a la reinserción social recogida en el art. 25 de la CE, no se determina la naturaleza jurídica de esta publicidad –pena/consecuencia accesoria/responsabilidad civil-, ni se entiende su concreción en delitos fiscales pero su olvido respecto a los delitos relacionados con el fraude a la Seguridad Social, como pudiera haber sido lo razonable. 

    Departamento Penal AEQUO ADVOCATS

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