Sarcástica contestación a entidad bancaria
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Sarcástica contestación que realiza un compañero del despacho a una entidad bancaria tras sufrir en propia persona las “malas artes“ de esta última. Ojo, graciosa pero con más razón que nadie:
Buenos días. Soy titular de cuenta en Caixa d’Advocats (Ahora Ruralvía, Bantierra, Caja de Aragón…)
Las condiciones en las que suscribí el/los contrato/s de cuenta corriente fueron que no había comisiones. Tampoco habría comisiones en las tarjetas de crédito ni de débito. De hecho, para pedir financiación, esta se condicionaba a la adquisición de una participación.
Bien, se me informó, acepté, la compré y me dieron la financiación.
Casi 15 años después, dicen que me envían una carta a una que no es mi dirección desde hace una década, dirección además diferente de las dos mías que tienen: profesional y personal.
En esa carta (indicada a una dirección antigua) indican que han decidido UNILATERALMENTE que me van a cobrar comisiones por la cuenta y por la tarjeta. Y que si no digo nada, se entenderá que estoy conforme (esto, viniendo de la que venden como caja de ABOGADOS, no sé si es más ofensivo o indignante). Es decir, reventando cualquier principio básico de la contratación
Comentado en oficina, me dicen que es lo que hay, por lo que procedemos a anular una cuenta, y una tarjeta de crédito.
Ahora, accedo a mi cuenta (la única que tengo actualmente) y resulta que me han cobrado 18 euros por un concepto tan curioso como LIQ.CTA.VISTA 4580739920; curiosamente el mismo concepto por el cual me pagan 2 céntimos… Un nuevo principio, esta vez bancario el de transferencia, ha volado…
Bien, ya que estas son las condiciones de nuestra relación contractual en que cualquiera de las dos partes puede modificar unilateralmente las condiciones, les informo que a partir del próximo mes de julio no me han de cobrar los intereses por el crédito que tengo suscrito con Uds, por lo que deberán girar únicamente el correspondiente recibo por el principal. En caso de no estar conforme con ello, me lo deberán notificar fehacientemente en el plazo de 24 horas desde el envío de este correo electrónico.
Perdón, voy a reiterarlo, esta vez en negrita, que parece ser que es la forma en que sí que tiene validez:
Bien, ya que estas son las condiciones de nuestra relación contractual en que cualquiera de las dos partes puede modificar unilateralmente las condiciones, les informo que a partir del próximo mes de julio no me han de cobrar los intereses por el crédito que tengo suscrito con Uds, por lo que deberán girar únicamente el correspondiente recibo por el principal. En caso de no estar conforme con ello, me lo deberán notificar fehacientemente en el plazo de 24 horas desde el envío de este correo electrónico.
En caso de no tener respuesta suya, entenderé que están conforme con esta modificación del contrato suscrito en su día.
Obviamente, y por un tema de coherencia acepto las comisiones de las que se supone me informaban en aquella carta citada
Sin otro particular, y confiando no recibir noticias suyas lo que implicará que a partir de ahora no me cobrarán los intereses del préstamo, reciban un saludo
PD: Observen que al menos he tenido la deferencia de enviarlo a la dirección de correo electrónico que aparece en su actual página web, en lugar de mandarlo a @iurisbank.
PD2: si el problema es el asesoramiento jurídico que han tenido, a la hora de realizar los comunicados, sepan que estaremos encantados de pasarles una oferta económica para un asesoramiento correcto. Oferta que si les interesa podemos formalizar en un contrato, EN EL CUAL NOS COMPROMETEREMOS A NO MODIFICAR UNILATERALMENTE LAS CONDICIONES NUESTRA CONVENIENCIA.
Abogado Departamento Civil y Litigación en AEQUO ADVOCATS